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Garantías de Origen (GdO) CNMC: plazos, caducidad y redención | Neuroenergía

28-01-2026 11:15

ACENEL

Normativa, garantias-de-origen, gdo, cnmc,

Esquema de flujo de las GDO

Guía práctica de Garantías de Origen (GdO) CNMC: expedición, transferencia y redención, plazos de Circular 1/2018 y caducidad. Evita sustos.

Esquema de flujo de las GDO

Empieza un año nuevo y llega el momento de hacer balance del año anterior. Balance… de los consumos de los clientes, porque hay que redimir las Garantías de Origen para aquellos suministros a los que se les garantiza el origen renovable de su energía.

Para ello, conviene tener claro cómo funcionan los procedimientos de la CNMC en materia de Garantía de Origen (https://gdo.cnmc.es/).

Empecemos por la definición: La garantía de origen es una acreditación, en formato electrónico, que asegura que un número determinado de megavatios-hora de energía eléctrica producidos en una central, en un periodo temporal determinado, han sido generados a partir de fuentes de energía renovables o de cogeneración de alta eficiencia.

 

Tipos de solicitudes más habituales

Los tipos de solicitudes más habituales son:

 

Expedición

Con carácter voluntario, el titular de una instalación de generación de energía eléctrica, directamente, o a través de su representante, podrá solicitar a la CNMC la expedición de las GdO durante un periodo de tiempo, que deberá ser múltiplo de meses.

De forma resumida, solicitar la expedición de GdOs de un CIL (Código de la Instalación de producción a efectos de Liquidación) es pedir que la generación de uno o varios meses del CIL sea reconocida para dar lugar a las GdO.

 

Transferencia

Las transferencias de cualquier GdO podrán ser solicitadas por el tenedor de la garantía, directamente o a través de su representante, a la CNMC para que proceda a la debida anotación en la cuenta correspondiente.

Inicialmente el tenedor es el CIL y haría la transferencia para enviar sus GdO reconocidas en la expedición a una comercializadora, identificada por su código R2. A su vez, una comercializadora puede transferir las GdO adquiridas a otra comercializadora.

 

Redención

La redención de una garantía de origen consiste en la asignación de dichas garantías en un consumidor de electricidad, identificado a través de su CUPS (Código Universal del Punto de Suministro). Dicho trámite podrá efectuarse por el titular de una instalación o por un comercializador, en cuyo caso la redención sólo podrá efectuarse en los CUPS de los clientes a los que haya suministrado electricidad durante los meses correspondientes a las garantías a redimir.

 

Se pueden realizar varias redenciones a lo largo del año

¡No hay que esperar al último momento!

Esquema de flujo de las GDO

Esquema de flujo de las GDO

Es verdad que hasta que no acaba el año no se puede saber cuánta energía han consumido los clientes ni, por tanto, cuántas GdO debería comprar como comercializadora para realizar la correspondiente redención. Sin embargo, hay que tener en cuenta que las GdO tienen fechas de caducidad a partir de las cuáles no se pueden utilizar.

 

Plazos de la Circular 1/2018 de la CNMC

Vamos a refrescar los plazos de la Circular 1/2018, de la CNMC.

 

Caducidad

Las garantías de origen expedidas o importadas correspondientes a la energía generada en el mes de producción m se considerarán automáticamente caducadas en el mes m+12.

 

Solicitud de expedición y exportación

La solicitud de expedición y de exportación de las garantías de origen del mes m deberá ser presentada antes del último día del mes m+8, y en todo caso, antes del 31 de enero de cada año, para las garantías correspondientes al año anterior.

La expedición de garantías de origen correspondientes al mes de producción m tendrá lugar antes del último día del mes m+10, y en todo caso, antes del 28 de febrero de cada año, para las garantías correspondientes al año anterior, y se entenderá realizada a favor del titular de la instalación que será el tenedor inicial de las mismas.

 

Solicitud de transferencia o redención

La solicitud de transferencia o de redención por venta a un consumidor final de las garantías de origen correspondientes al año n, deberá ser presentada antes del 10 de marzo del año n+1, no pudiéndose realizar solicitudes respecto de garantías ya caducadas. Al objeto del cómputo del plazo se tomará en consideración la fecha de entrada de las solicitudes y comunicaciones en el Registro electrónico de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia.

 

Esquema de plazos

De forma esquemática:

Esquema de flujo de las GDO

Esquema de flujo de las GDO

Si compraste Garantías de Origen de producción de enero 2025, debe saber que no podrás utilizar esas GdO para hacer transferencias ni redenciones, tu plazo para utilizarlas acabó el 01 de enero de 2026.

Creo que un buen consejo es utilizar las GdO de enero, febrero y marzo durante el mismo año en que se produjeron. Evitas sustos.

 

¿Pierdo mis GdO si caducan sin utilizar?

No, existen dos bolsas en las que computas las garantías de origen.

 

1. Por código de comercializadora R2

Todas las GdO que te hayan sido transferidas a tu código de comercializadora, independientemente de que hayan caducado, se sumarán para dar un total de energía verde que quedó anotada a tu cuenta.

La división de ese total de GdO anotadas en tu cuenta entre la energía consumida en el mismo ejercicio que REE comunique a la CNMC dará lugar a tu porcentaje verde/renovable.

 

2. Por CUPS

Ante los ojos de la CNMC un CUPS sólo habrá recibido energía renovable cuando se haya realizado el proceso de redención mediante el cuál se comunica que la energía generada por un CIL en concreto, con una tecnología concreta, fue a parar a un CUPS en concreto.

 

Si la comercializadora no realiza las redenciones, se puede dar la paradoja de que una comercializadora 100% verde tenga CUPS que si consultan en la web de la CNMC no vean que ellos hayan recibido energía verde.

Diagrama de redención de GdO: porcentaje renovable de comercializadora vs redención por CUPS

Diagrama de redención de GdO: porcentaje renovable de comercializadora vs redención por CUPS

La asociación reune en su seno a las empresas que ejercen la actividad de comercialización de energía eléctrica en libre competencia y/o que no formen parte de un grupo empresarial que tenga una sociedad que actúe como comercializadora de referencia.

La asociación reune en su seno a las empresas que ejercen la actividad de comercialización de energía eléctrica en libre competencia y/o que no formen parte de un grupo empresarial que tenga una sociedad que actúe como comercializadora de referencia.

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